Requisitos para la postulación y derecho a venta en stand.
Contexto de la actividad
1. La Feria Dieciochera de Lo Prado, se llevará a cabo los días 17 y 18 de Septiembre, de 09:00 a 00:00 horas aproximadamente, en el Paseo de Las Artes 880, costado Municipalidad de Lo Prado y salida estación Metro Lo Prado.
2. Los stand estarán compuestos de la siguiente forma:
3. Para los stands de artesanía los participantes deben ser artesanos y/o microempresarios tradicionales que cultiven manifestaciones culturales. No califican como artesanos aquellas personas que vendan artículos comprados o importados, no obstante, la organización se reserva el derecho de evaluar cada caso.
4. Los stand de gastronomía deben ser sólo y exclusivamente de comidastípicas chilenas y tradicionales.
5. Los stand de gastronomía con alcohol tendrán que disponer de ambos para vender, no puede instalarse un stand con solo alcohol.
6. Los stand estarán agrupados y organizados de acuerdo al servicio que ofrecen, entiéndase diferenciados como: Stands Gastronómicos Stand Artesanos y Emprendimientos.
7. Solo podrán participar aquellos stands que figuren al final de la postulación en la lista oficial que da cuenta de los stands seleccionados. Aquellos que no sean seleccionados en primera instancia y señalados en esta lista, quedarán en espera de las eventuales vacantes que se produzcan.
8. Cada postulante (nuevo y antiguo) deberá llenar una FICHA DE POSTULACIÓN, que estará disponible en un Formulario web de inscripción: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdX8WDtrGk_wWUJRIOiWl5xDBldgCDxyQ8EuY8dCqW746Smaw/viewform?usp=preview , desde el miércoles 27 de agosto hasta las 17:00 horas del martes 01 de septiembre de 2025
9. Se llamará telefónicamente a cada persona para confirmar su participación, previa evaluación de ficha de postulación.
10. Es de responsabilidad de cada participante cumplir con el pago de su permiso municipal, si alguno de los stands seleccionados no hubiera pagado su permiso correspondiente, al día 0 8 y 1 1 de septiembre del 2025, perderá su cupo.
11. Los permisos se otorgan a una persona que debe estar presente en el stand, está prohibido el subarriendo de los espacios.
12. Todos los stands deben ser atendidos por su representante, queda estrictamente prohibido el traspaso, venta y/o arriendo del stand asignado.
13. Todos los stands deberán tener su permiso municipal plastificado y colgado a la vista durante toda la festividad Dieciochera.
14. Perderán todos sus derechos de participar en la feria aquellas personas que: cedan, transfieran o compartan, el espacio adjudicado.
15. Los stands deberán comenzar su instalación, los dos dias a las 09:00 horas, para comenzar a funcionar a las 11:00 horas.
16. Los horarios de funcionamientos son, días, miércoles y jueves 17 y 18 de Septiembre. horario montaje 9:00 a 11:00 funcionamiento de 11:00 a 00:00 horas.
17. El horario de funcionamiento de los stands es de carácter obligatorio durante los dos días. El locatario que no cumpla con esta medida perderá su opción de participar en las futuras Ferias Dieciochera y Criollas de Lo Prado.
18. Perderán todos sus derechos de participar en la feria, tanto de los stands gastronómicos como artesanales, todos aquellos locatarios que expongan o vendan cualquier producto que no haya sido previamente informado.
19. Cada stand contará con solo 2 sillas y 1 mesa de colegio más energía eléctrica, otorgada por el municipio.
20. Se sugiere contar con mesa plegable de 120×60, con mantel color negro o blanco.
21. Cada stand debe traer su propia ampolleta.
22. Cada stand de gastronomía tiene un máximo de 10 amperes de consumo, contando cada puesto con un automático y diferencial. No obstante, deberá informar los artefactos de consumo eléctrico que utilizará (Formulario ficha de postulación).
23. Está estrictamente prohibido manipular la energía eléctrica y hacer modificaciones a las instalaciones eléctricas otorgadas por el Municipio.
24. Todo stand que utilice parrillas, cocinillas, hornos o similar, debe ser instalado al interior del perímetro de su local. Deben observar estrictamente todos los aspectos señalados en la norma de Seguridad que se les indicará en la respectiva charla y posterior reglamento. Quien no cumpla esta exigencia puede ser sancionado por los distintos entes fiscalizadores (Municipio, Seremi, Carabineros, SEC, etc.), incluso clausurado.
25. Se debe depositar la basura en bolsas y luego trasladarlas a los contenedores, dispuestos por el Municipio para ese efecto. Igualmente, se establecerá un punto de reciclaje, con contenedores diferenciados para el acopio de los diferentes residuos que genere la actividad.
26. Se entregará a cada locatario, y con anterioridad a la instalación de la Feria, un número de contacto para los efectos de emergencias (número en la credencial).
27. Está prohibido fumar dentro del stand y que no se puede consumir alcohol al interior del stand, que los locatarios y personas al interior de los stands está prohibido el consumo de alcohol y fumar.
28. No se disponen estacionamientos exclusivos para los locatarios. Solo podrán acceder a los locales en el horario de montaje señalado anteriormente. Posterior a este horario se arriesga a ser sancionados por infracción a la Ley de tránsito, siendo responsables velar por el fiel cumplimiento de las normativas de tránsito.
29. La unidad técnica cuenta con la facultad de incorporar un criterio de des focalización tras la evaluación profesional del equipo de trabajo de la Dirección de Desarrollo Comunitario
Información para los stands
1. Todos los participantes deberán participar en la “CHARLA DE SALUD” y “RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD” la que será impartida el día 12 de septiembre de 2025 a las 19:00 horas en el Casino Municipal, donde se confirmará oficialmente la fecha del evento.
2. Los alimentos expuestos a la venta deben ser comidas típicas preparadas por el artesano gastronómico (no compradas para venderlas), estas estarán sometidas a la fiscalización correspondiente de la Seremi de Salud e Higiene.
3. Se deberán mantener las máximas medidas de higiene en la preparación y venta de alimentos (uso de guantes, gorros, delantal, etc.), así como también, seguir las instrucciones entregadas por la Dirección de Medio Ambiente del Municipio de Lo Prado.
4. Toda basura debe ser depositada en bolsas de basura y luego en los contenedores (puntos de reciclaje). No se debe mantener basura en el local.
5. Las personas que manipulan, preparan y/o sirven alimentos no podrán recibir dinero, por tanto, se deben disponer de una o más personas, quienes solo y exclusivamente se harán cargo de la caja correspondiente.
Venta de alcohol y Ley 19.925
1. Solo se podrá vender alcohol en stand con gastronomía.
2. Prohibido promocionar,regalar o vender alcohol a menores de edad (Ley de alcoholes 19.925).
3. Los locatarios que vendan alcohol y/o alimentos acompañados de alcohol, deberán pagar un permiso especial, según la ordenanza municipal correspondiente. La hora límite de venta de alcohol será hasta las 00:00.
4. El locatario que vende alcohol está sujeto a las normativas vigentes (Ley de alcoholes 19.925).
Calendario fechas importantes y pagos
| Actividad | Fecha |
| Postulación a través de formulario Google | 27/08/2025 al 03/09/2025, hasta las 17:00 hrs (ACTUALIZADO) |
| Notificación seleccionados | 5 de septiembre de 2025 |
| Charla de salud y recomendaciones de seguridad | 12 de septiembre de 2025 |
| Entrega de documentación | 5 de septiembre de 2025 |
| Pago patente | 8 al 11 de septiembre de 2025 |
Documentos para el permiso
● Carnet de identidad
● Certificados de antecedentes para fines especiales
● Documento que da SII para el traslado de boletas (los que tengan)
● Certificado de no pertenencia a las Fuerzas Armadas
Criterios de evaluación
1.- Producto de elaboración nacional con productos nacionales: 10 ptos, 5 ptos, 0 ptos.
2.- Que exprese belleza y estética artística: 10 ptos, 5 ptos, 0 ptos.
3.- Que estén inscritos en alguna agrupación de artesanos: 10 ptos, 5 ptos, 0 ptos.
4.- Que en la organización participen en la manufactura personas residentes en la comuna: 10 ptos, 5 ptos, 0 ptos.
5.- Número de Ferias Criollas en las que participó: 10 pts, 5 ptos, 0 ptos.
6.- Máximo 50 puntos.
7.- Los primeros puntajes serán los seleccionados para los puestos.
La Oferta Municipal es de:
● 55 stands de artesanos y emprendimientos (2X2).
● 10 stands gastronómicos c/Alcohol (4X4).
● 10 stands gastronómicos s/Alcohol (4X2).
● 05 stands cafetería (2X2).
Para consultas
Contacto:
La unidad a cargo de la organización de la postulación de stands , de la Feria Dieciochera 2025 es: Oficina de
Emprendimientos y Negocios emprendimiento@loprado.cl
Dirección: Avenida Neptuno 552, Interior Centro Comercial Neptuno Teléfono: +569 79790609 /22577496


