Para tramitación electrónica del pago de partes vía exhorto, los pasos a seguir son los siguientes:
- Presentarse en ventanilla del Juzgado.
- Se asigna un actuario, quien quedará a cargo de la tramitación del exhorto y de la recepción de los descargos correspondientes.
- Se oficia vía electrónica al juzgado competente y se otorga un permiso provisorio, el cual reemplaza la licencia de conducir por un plazo máximo de 30 días.
- Se remite por correo electrónico oficio al juzgado de origen adjuntando copia de la declaración, descargos y la solicitud del valor de la multa.
- Transcurrido el plazo, una vez informado el valor de la multa y recibida la licencia de conducir (si corresponde), se notifica a usted mediante carta certificada enviada a su domicilio o a un correo electrónico.
- Una vez notificado, usted deberá pagar el valor de la multa mediante transferencia electrónica al juzgado de origen. Posteriormente, se devolverá la licencia de conducir retenida o comenzará a regir el periodo de suspensión impuesto según corresponda, finalmente la causa será archivada.”

