A partir del próximo 3 de agosto los chilenos seremos los primeros en Latinoamérica en decir “adiós” para siempre a las bolsas plásticas que se entregan en establecimientos de comercio. Esto al concluir la última etapa de implementación de la Ley 21.100, promulgada hace dos años y que busca reducir el uso de este material y disminuir la contaminación generada sobre el medio ambiente, especialmente en los océanos.
La Ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional se implementó por etapas, iniciándose con el retail y supermercados, hace año y medio, y hoy se suman la microempresa y las pymes como almacenes de barrio, pequeños negocios, y ferias libres, entre otros.
De acuerdo a una estimación realizada por el Ministerio del Medio Ambiente, durante los dos primeros años de aplicación de esta ley se ha evitado el consumo de unos 5.000 millones de bolsas plásticas tipo camiseta. Quedan fuera de esta ley las bolsas plásticas que sirven para el envasado de alimentos (como bolsas de arroz o fideos). Tampoco están prohibidas aquellas en que su uso sea necesario por razones higiénicas o para evitar el desperdicio de alimentos. De esta forma, la bolsa de la feria, por ejemplo, que va en contacto directo con las frutas o verduras, sí podría seguir entregándose.
Otras regulaciones en la Gestión de Residuos
La Ley #ChaoBolsasPlásticas es complementaria al proceso de implementación de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), que fija las metas de recolección y valorización de 6 productos prioritarios, entre ellos, los envases y
embalajes que se hacen cargo de otros materiales –no sólo plásticos- y que son de uso común por parte de los ciudadanos, pero que actualmente no son valorizados en su totalidad. Las metas de la REP (Responsabilidad Extendida del Productor) permitirán al país pasar del actual 12,5% de reciclaje de envases y embalajes domiciliarios a un 60% al 2030, equivalente a los niveles alcanzados por países desarrollados.
También, avanza en el Congreso el proyecto de ley que regula los productos de un solo uso que se entregan en los restaurantes, casinos, clubes sociales, cocinerías, fuentes de soda, cafeterías, salón de té, panaderías, bares, u otros locales similares que comercialicen comida preparada.
Si el consumo es dentro del establecimiento, se prohíbe la entrega de productos de un solo uso, cualquiera sea el material del que estén compuestos, por lo que solo se pueden utilizar productos reutilizables. Los delivery de comida tendrán prohibida la entrega, pero sólo podan hacerla si es que el cliente lo pide expresamente y será obligación utilizar productos compostables a nivel domiciliario.
Esta ley también obligará a los supermercados o almacenes a ofrecer siempre opciones de bebidas retornables y estarán obligados a recibir el envase del consumidor. Además, respecto a las botellas desechables, se exigirá que incluyan porcentajes de plásticos recolectados y reciclados dentro de Chile, de manera tal de incentivar una Economía Circular, que pondrá a Chile entre los países pioneros en el mundo en tener este tipo de instrumentos, lo que vendría a ser una eficiente guía para un desarrollo sustentable.