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BASES FONDO DE INICIATIVAS COMUNITARIAS FIC Comunitario – Lo Prado 2023

INTRODUCCIÓN

La Municipalidad de Lo Prado en su propósito de contribuir al desarrollo social de las Organizaciones Territoriales, Funcionales y de desarrollo comunitario de la comuna, ha impulsado desde el año 2008 el Fondo de Iniciativas Comunitarias (FIC), siendo este, un mecanismo de participación y un instrumento de inversión Municipal que permite a la comunidad organizada de Lo Prado postular a la asignación de recursos económicos.

I.    OBJETIVO

Promover el desarrollo de iniciativas generadas por las/os propias/os vecinas/os a través de sus organizaciones sociales en las comunidades de Lo Prado, para el fortalecimiento y participación de la comunidad.

II.   TIPO DE POSTULANTE

Podrán participar en los FIC 2023 las siguientes organizaciones comunitarias de Lo Prado:

ORGANIZACIONES TIPO POSTULANTE
Territoriales Junta de Vecinos (regidas por la Ley N° 19.418)
Funcionales Clubes deportivos,  centros de madres, clubes de adulto mayor, entre otras (regidas por la Ley N° 19.418)
Otras Organizaciones Condominios sociales, asociaciones indígenas, culturales, organizaciones de interés público, organizaciones religiosas, entre otras sin fines de lucro.

 

En todos los casos, deberán cumplir con los siguientes requisitos obligatorios para postular:

  • Contar con Personalidad Jurídica Vigente
  • Contar con Directiva Vigente
  • Contar con Directorio Definitivo (no provisorio)
  • Contar con Cuenta bancaria vigente a nombre de la Organización
  • Domicilio en la comuna de Lo Prado
  • No contar con rendiciones pendientes con la Municipalidad de Lo Prado
  • No haber recibido subvención directa por parte de la municipalidad en el año 2023

 

III.    FINANCIAMIENTO

La Municipalidad de Lo Prado, a través del Fondo de Iniciativas Ciudadanas, busca apoyar el mayor número de proyectos de carácter social comunal según organización postulante, por este motivo, el monto total a financiar este año es de $ 58.300.000, por otro lado, los montos máximos por proyecto serán los siguientes:

CATEGORÍAS ORGANIZACIONES MONTO MÁXIMO
A Territoriales $500.000

(quinientos mil pesos)

B Funcionales, otras organizaciones $400.000

(cuatrocientos mil pesos)

 

El monto a recibir será asignado según puntaje obtenido por cada organización, siendo el financiamiento distribuido y asociado según las categorías.

  • Las organizaciones comunitarias solo podrán presentar un proyecto como titular de la iniciativa.
  • En el caso que una organización no cumpla con los requisitos obligatorios quedará como no admisible, optando, en un segundo ingreso del proyecto corregido, a sólo un 80% del monto solicitado.

 

IV.    DOCUMENTOS OBLIGATORIOS

Para todas las modalidades deberán adjuntar la siguiente documentación:

LISTADO DE DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
Certificado de Personalidad Jurídica y Directorio Vigente, (definitiva y no provisoria)  emitido por Secretaria municipal de Lo Prado, Registro Civil, o quien corresponda.  

 

Certificado de vigencia del directorio o directiva de la institución, emitido por el organismo correspondiente. Eventualmente, para la postulación y asignación de recursos se aceptará un documento que certifique que se ha iniciado el trámite de actualización de la vigencia de la directiva emitido por la respectiva municipalidad. Sin embargo, para la suscripción del convenio será requisito indispensable que se presente el certificado de vigencia del directorio de la institución al día. De lo  contrario, la municipalidad se reserva el derecho de no asignar los recursos.
Certificado bancario que acredite tener una cuenta (corriente o vista) o cuenta de ahorro vigente. Lo anterior, puede ser certificado mediante fotocopia de la cartola bancaria o de la libreta de ahorro a nombre de la institución al momento de la postulación.
Fotocopia o imagen digital legible del RUT de la institución por ambos lados (fotocopia original o la que entrega el SII, pudiendo ser el E-Rut).
Certificado de Inscripción como entidad receptora de fondos públicos.
Certificado de la Dirección de Control Municipal, acreditando que la organización a la fecha no tiene rendiciones pendientes en la Municipalidad de Lo Prado.
Currículum Social de la organización (según formato adjunto a estas bases), con las principales actividades comunitarias y/o sociales desarrolladas en los últimos 3 años, asociadas a un registro fotográfico que acredite actividades realizadas.
1 cotización, según necesidad del proyecto (productos o servicios a adquirir) con una validez no mayor a 30 días. Para la cotización de productos se pueden presentar capturas de pantalla de las páginas web de comercios establecidos, siempre y cuando el nombre de la empresa, y valor sean legibles.

 

V.   PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

Las Organizaciones territoriales, funcionales y otras organizaciones, según las presentes bases, podrán postular SÓLO UN PROYECTO al Fondo de Iniciativas Ciudadanas 2023 [FIC], ya sea de manera presencial o vía online, completando el Formulario “Fondo Iniciativas Ciudadanas Año 2023”, acompañado según punto N° IV, con la documentación obligatoria por institución.

1.   Presentación Presencial (documentos):

  • Entrega de formulario de proyecto en original más una copia debidamente compaginadas, según plazo establecido.
  • El formulario de proyecto debe ser completado digitalmente o con letra imprenta legible.
  • El FIC (original) deberá ser entregado la Oficina Territorial, ubicada en San Pablo # 5959, en el horario de 09:30 – 13:30 hrs., y de 15:30 – 17:00 hrs., en sobre cerrado con el siguiente texto:

 

“POSTULACIÓN FIC 2023”

NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

Dirigido a la Oficina Territorial

2.   Presentación en línea:

  • Presentación formulario digital (en línea), según plazo establecido.
  • El proyecto debe enviarse al correo electrónico: fic@loprado.cl

Los proyectos que no presenten la documentación en la fecha estipulada, no serán admisibles y quedarán fuera del proceso FIC año 2023.

 

VI.    TIPOS DE PROYECTOS

Las organizaciones que postulan al FIC 2023, deberán enmarcarse en los siguientes lineamientos:

Implementación: se podrá adquirir implementación para la organización (equipos de audio, vajillas, estufas, entre otros)

Actividad comunitaria: (cultura, deporte y recreación)

  • Talleres: se podrán adquirir implementos, materiales y/o pago de monitores, para la realización de talleres de capacitación, manualidades, aeróbica, cultura, entre otros.
  • Fiestas comunitarias: se podrán adquirir servicios, implementos y materiales para la realización de actividades comunitarias, tales como jornadas recreativas para niños (Navidad), vecinos, celebración de aniversarios y otras actividades recreativas.
  • Paseos recreativos: deberán contar con un mínimo de 25 participantes, sin límite de edad. Las Juntas de vecinos no podrán postular a este tipo de proyectos.

 

VII.    PROYECTOS QUE NO PUEDEN POSTULAR

Los siguientes proyectos no pueden postular a esta convocatoria;

  • Proyectos relacionados con gastos corrientes del normal funcionamiento de la organización, como contratar personal estable (nochero o secretaria), cancelar arriendos, consumos básicos (luz, agua, telefonía, Internet, gas, etc.) u otros similares.
  • Proyectos que incurran o contemplen gastos propios de administración y/o coordinación de sí mismo.
  • Proyectos presentados por organizaciones territoriales, funcionales y uniones comunales, que hayan sido beneficiadas con una subvención otorgada por la Municipalidad durante el año 2023.
  • Proyectos de emprendimientos o negocios.

 

VIII.    ORGANIZACIONES QUE NO PUEDEN POSTULAR

Las siguientes organizaciones no pueden postular a esta convocatoria;

  • Organizaciones que cuenten con rendiciones pendientes con la Municipalidad de Lo Prado.
  • Organizaciones que hayan recibido subvención directa por parte de la municipalidad en el año 2023.
  • Comités de Seguridad.
  • Organizaciones con personalidad jurídica con existencia inferior a 1 año al momento del inicio del proceso FIC 2023.

 

IX.     ADMISIBILIDAD DE PROYECTOS

Las etapas que implicarán el presente proceso del FIC 2023 son las siguientes:

1.   Ingreso de los proyectos

Esta etapa implica el ingreso del formulario del proyecto, incorporando todos los requisitos obligatorios para la postulación.

Al momento de ingresar la postulación, se entregará a cada organización un certificado de recepción, donde señalará los documentos recibidos, además, de la firma del funcionario municipal y el representante de la organización (sólo en el caso de entrega física). Los proyectos entregados de manera online, recibirán un certificado electrónico de recepción, el cual será emitido dentro de las 48 horas (día hábil laboral), posteriores a la postulación.

2.   Etapa de admisibilidad

En esta etapa el equipo técnico asignado por la Dirección de Desarrollo Comunitario, revisará que se hayan presentado todos los antecedentes mínimos para la correcta evaluación de las iniciativas, así como el complimiento de los requisitos descritos en las presentes bases, y con particular atención a los siguientes puntos;

  • Postulación dentro de las fechas establecidas en las presentes bases.
  • Presentación del formulario de inscripción.
  • Presentación de todos los documentos obligatorios.
  • No contar con rendiciones pendientes con la Municipalidad de Lo Prado.
  • Que la organización cumpla con los requisitos detallados en las presentes bases.
  • Que el proyecto o iniciativa se encuentre en el marco de las tipologías detalladas.
  • Que las actividades sean realizadas dentro de la comuna de Lo Prado.

La Municipalidad podrá solicitar aclaraciones a las organizaciones postulantes durante este proceso técnico de revisión de proyectos.

De esta manera, los proyectos podrán ser declarados;

2.1.  Admisibles

Todos los proyectos que cumplan con todos los requisitos y presenten los antecedentes requeridos en las presentes bases. Cabe destacar que la admisibilidad de los proyectos no implica que los proyectos sean financiados, ya que esto dependerá de otros factores.

2.2.  Admisibles con observaciones

Las organizaciones que tengan proyectos admisibles con observaciones, podrán reingresar el proyecto FIC, en un plazo máximo según fecha estipulada en las bases, reemplazando, completando o modificando los errores y alcances según observaciones realizadas por la comisión evaluadora.

Estos proyectos (reingresados) sólo podrán optar a un monto máximo del 80 % de lo solicitado y deberán ser remitidos directamente a la Oficina Territorial.

Al momento de ingresar la re postulación, se entregará a cada organización un certificado de recepción, donde señalará los documentos recibidos, además, de la firma del funcionario municipal y el representante de la organización (sólo en el caso de entrega física). Los proyectos entregados de manera online recibirán un certificado electrónico de recepción, el cual será emitido dentro de las 24 horas (día hábil laboral), posteriores a la postulación.

2.3.  No admisibles

Toda organización que no cumpla con los requisitos obligatorios, no presente con letra legible su proyecto, o la naturaleza de su proyecto que no tenga relación con el objetivo del mismo será declarada rechazado por la comisión evaluadora.

 

X.    EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS

Una vez que la iniciativa haya sido declarada admisible, el proyecto será evaluado según los siguientes factores de priorización;

 

% FACTOR DE PRIORIZACIÓN CRITERIOS PUNTAJE
5% Presentación de los antecedentes Presenta todos los antecedentes requeridos en su primer ingreso 100
No presenta todos los antecedentes requeridos en su primer ingreso 0
10% Tipo actividad Actividad comunitaria 100
Implementación 70
10% Antigüedad organización 6 años y más 100
Entre 2 y 5 años 70
Menos de 2 años 20
10% Costo en relación a la cantidad de beneficiari@s $20.000 y menos 70
$20.000 y más 30
15% Currículum social Alta actividad comunitaria (10 o más actividades) 100
Mediana actividad comunitaria  (Entre 3 y 9 actividades) 50
Baja actividad comunitaria (2 o menos actividades comunitarias) 10
15% Creatividad e Impacto Alta creatividad en la iniciativa 100
Baja creatividad en la iniciativa 70
15% Financiamiento previo No recibió financiamiento el año anterior (2022) 100
Recibió financiamiento el año anterior (2022) 0
10% Atiende específicamente a grupos de población vulnerable Atiende específicamente a tres o más grupos 100
Atiende específicamente a dos o menos grupos 75
Atiende específicamente a un grupo 50
10% La iniciativa considera como beneficiarias directas a mujeres y/o niñas La iniciativa contempla que más del 60% de sus beneficiarias directas serán mujeres y/o niñas 100
La iniciativa contempla que menos del 60% de sus beneficiarias directas serán mujeres y/o niñas 0

 

El factor Costo en relación a la cantidad de beneficiari@s se entiende como la relación del costo total solicitado dividido por la cantidad de beneficiarios o participantes del proyecto.

Ejemplo: $ 450.000 / 150 participantes = $ 3.000 por participante, costo que corresponde a un monto menor a $ 20.000 entregando un puntaje de 9 puntos.

El factor Currículum social, se debe entender como actividad comunitaria, todas aquellas que no son parte de las obligaciones estatutarias, referidas a las reuniones ordinarias y extraordinarias.  Entendiéndose, en lo general, por actividad comunitaria a toda actividad de origen propio que involucre a la comunidad objetivo del proyecto.

El factor Creatividad e Impacto evaluará positivamente la originalidad e impacto en las iniciativas a desarrollar, considerando la innovación y la incursión en nuevas actividades como una expresión creativa que aporte y potencie el desarrollo comunitario así como el impacto que el proyecto genere en sus beneficiarias/os.

 

XI.     PROCESO DE EVALUACIÓN

Para efectos de evaluación, los proyectos serán vistos y sancionados por una comisión integrada por:

  • Cuatro funcionarias/os municipales pertenecientes a la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO).*
  • Un/a representante perteneciente al COSOC de Lo Prado. En el caso que el COSOC no estuviera, formará parte de la Comisión Evaluadora, una persona de la comuna representante de la sociedad civil.*
  • Un/a representante perteneciente a la UCAM de Lo Prado.*

* Las/os representantes que pertenezcan a una organización participante de este proceso FIC 2023, deberán abstenerse de la evaluación de ese proyecto.

Esta comisión deberá hacer su evaluación en forma conjunta, conforme a la pauta contenida en las bases, levantará un acta de la evaluación que contenga sus proposiciones, la que posteriormente deberá ser remitida por la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO) al señor Alcalde, a su vez este, la presentará al Concejo Municipal para su resolución.

La comisión cuenta con la facultad de otorgar menor financiamiento al solicitado por las organizaciones en caso de que lo estime pertinente; particularmente en el caso de que se decida aumentar el número de proyectos financiados para aumentar el alcance del FIC 2023.

 

XII.     ADJUDICACIÓN DEL PROYECTO

Una vez concretada la etapa de admisibilidad y de evaluación del proyecto, se genera el proceso de adjudicación, el cual implica, la firma del convenio con la municipalidad y la posterior entrega de los recursos asignados.

Es importante destacar que NO SE PUEDE EJECUTAR ningún proyecto antes de recibir los fondos a financiar (cheque correspondiente), esta situación puede llevar a la organización a cometer un error en la rendición del proyecto.

1.    SUPERVISIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DEL PROYECTOS FONDO FIC 2023

Dicha función estará a cargo de una persona designada especialmente para tal efecto, quien será el vínculo que tendrá la organización adjudicataria con la Municipalidad.

La persona prestará toda la colaboración necesaria para facilitar la ejecución del proyecto y servirá de apoyo para el proceso de rendición financiera. Asimismo, tendrá acceso, en todo momento, a las actividades y etapas de implementación del proyecto, pudiendo realizar acciones de seguimiento en terreno para verificar su correcta ejecución.

La Municipalidad se reserva el derecho de efectuar, sin previo aviso, visitas a terreno y/o supervisiones durante la ejecución del proyecto, las cuales estarán a cargo de los territoriales, además de la persona designada para tal efecto.

2.    DIFUSIÓN

Es obligación de la organización adjudicataria que en toda publicación, escrito, publicidad, propaganda, o difusión de cualquier naturaleza, así como también en productos, actos, eventos, convocatorias u otros, referidos a un proyecto o programa financiado total o parcialmente por los recursos otorgados por este Fondo, deberá especificarse que ha sido financiado con recursos del “Fondo de Iniciativas Ciudadanas 2023”, debiendo utilizar también de manera visible el logo de la Municipalidad de Lo Prado.

Entiéndanse autorizadas y obligadas a utilizar el logo municipal aquellas organizaciones que resultaron beneficiadas con los fondos establecidos en estas bases. Dichos logos, serán entregados por la persona designada para tal efecto, en el momento que corresponda.

3.    PROTOCOLO

Todas las organizaciones sociales que hayan recibido financiamiento del FIC 2023 y que realicen actividades comunitarias o sociales deberán enviar una invitación a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad de Lo Prado, dirigida al Alcalde Maximiliano Ríos Galleguillos y al Concejo Municipal para la vinculación de la institución con su proyecto.

 

XIII.     RENDICIÓN DE LA ACTIVIDAD:

Las organizaciones beneficiarias deberán rendir cuenta documentada de los gastos efectuados, ante la Oficina de Control Municipal. Esto significa acompañar en detalle boletas y/o facturas en original. Toda boleta de honorario debe venir con el pago respectivo del impuesto, formulario N°29, (esto lo debe realizar la organización social, para asegurar el cumplimiento de la norma).

Deberán acompañar a su rendición, los antecedentes que den cuenta de la efectividad de la realización del respectivo proyecto, tales como registro fotográfico, listado de asistencia de los participantes con su identificación (en los casos en que corresponda), reuniones efectuadas, lugar y fecha, entre otros.

Tratándose de proyectos de implementación, los bienes adquiridos deberán ser inventariados con el objetivo que éstos sean traspasados, una vez que el directorio sea renovado. Lo anterior, atendida la naturaleza de los fondos que se entregan, los que deben ser destinados únicamente al proyecto seleccionado.

El plazo máximo de rendición no deberá exceder el 31 de enero de 2024.

Para los efectos de un mejor desarrollo y transparencia de la ejecución de los proyectos, se estimará una selección aleatoria de un 20% de los proyectos adjudicados. Dicha selección será realizada en un acto garantizado por Secretaría Municipal.

La supervisión será responsabilidad de la Oficina Territorial, perteneciente a la Dirección de Desarrollo Comunitario, involucrando para este proceso a un/a representante de las diferentes direcciones municipales según tipo de proyecto.

 

XIV.     CRONOGRAMA FIC 2023

ACTIVIDAD FECHA MODALIDAD LUGAR
1 Inicio de Difusión, Retiro de Bases y Formulario de Postulación 4  al 23 de septiembre 2023 Presencial Oficina Territorial (San Pablo  N°5959)
Web Página Web: www.loprado.cl
2 Proceso de capacitación y respuestas a consultas 4 al 23 de septiembre 2023 Jornadas de Capacitación 4 jornadas / 1 por territorio
4 al 23 de septiembre 2023 Periodo Formal de Consultas Correo electrónico:

fic@loprado.cl

3 Postulaciones 4   al 29 de septiembre 2023, hasta 16:30 hrs. Presencial Oficina Territorial (San Pablo  N°5959)
4  de septiembre al  01 de octubre 2023, hasta 23:59 hrs. Web Correo electrónico:

fic@loprado.cl

4 Evaluación y rectificación de proyectos 2 al 18 de octubre 2023 Dependencias Municipales
5 Ratificación Concejo Municipal 18 al 25 de octubre 2023 Concejo municipal
6 Publicación de resultados 31 de octubre 2023 Página Web:

www.loprado.cl

7 Entrega de cheques Desde el 3 de noviembre 2023 Lugar y fecha Por Definir
8 Ejecución de proyectos Desde fecha entrega de  cheque hasta el 31 de diciembre del 2023 Lo Prado
9 Rendición del proyecto Hasta el 15 de enero del 2024 Dirección de Control Municipal, San Pablo N°5959, Lo Prado.

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