Partes vía exhorto

Para tramitación electrónica del pago de partes vía exhorto, los pasos a seguir son los siguientes: 

  1. Presentarse en ventanilla del Juzgado. 
  2. Se asigna un actuario, quien quedará a cargo de la tramitación del exhorto y de la recepción de los descargos correspondientes. 
  3. Se oficia vía electrónica al juzgado competente y se otorga un permiso provisorio, el cual reemplaza la licencia de conducir por un plazo máximo de 30 días. 
  4. Se remite por correo electrónico oficio al juzgado de origen adjuntando copia de la declaración, descargos y la solicitud del valor de la multa. 
  5. Transcurrido el plazo, una vez informado el valor de la multa y recibida la licencia de conducir (si corresponde), se notifica a usted mediante carta certificada enviada a su domicilio o a un correo electrónico. 
  6. Una vez notificado, usted deberá pagar el valor de la multa mediante transferencia electrónica al juzgado de origen. Posteriormente, se devolverá la licencia de conducir retenida o comenzará a regir el periodo de suspensión impuesto según corresponda, finalmente la causa será archivada.”