

2 Planteamento del problema
El reconocer que la violencia contra las mujeres es una violación a los derechos humanos, situarla como un problema público mundial; que ésta constituye una ofensa a la dignidad humana; que la violencia contra las mujeres es de carácter sociocultural, con factores históricos, religiosos, económicos, culturales, entre otros; que las diferentes formas de violencia contra las mujeres siguen impidiendo el desarrollo individual, menoscabando sus derechos y libertades, obstaculizando el pleno desarrollo de sus capacidades, autonomía y limitando su participación pública, económica, social y política en la sociedad; ello supone que existen causas estructurales, que denota la complejidad de dicha problemática, que está basada en un orden social discriminatorio, por lo tanto, hacerse cargo de ella implica enfrentarla en diferentes líneas. Por tanto, es necesario prevenirlo, atenderlo, sancionarlo, y avanzar como sociedad en su erradicación (SernamEG, 2018).
En esta línea, el gobierno se ha propuesto avanzar en los desafíos en esta materia, que contempla consolidar definitivamente la igualdad ante la ley para las mujeres, terminando con las discriminaciones legales existentes, y tramitar un proyecto de ley sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia. Es por ello, que para el Estado es prioritario enfrentar esta problemática, creando el Servicio Nacional de la Mujer en 1991 (hoy SernamEG); y con la entrada en vigencia de la Ley N° 20.820, del 1 de junio 2016, se crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, dando una respuesta institucional a la violencia contra la mujer en nuestro país, cuyo objetivo es diseñar políticas y programas para promover la equidad de género, lo que necesariamente implicaría un transitar hacia un concepto más preciso y amplio de “violencia contra las mujeres”.
En el SernamEG se ha adoptado un concepto de violencia contra las mujeres que abarca todas sus manifestaciones, a todas las mujeres en su diversidad, y todos los espacios y contextos en que ésta se produce. La incorporación de este concepto más amplio contemplado en el Plan Nacional de Acción Contra la Violencia hacia las Mujeres 2014-2018, es un gran avance en esta materia. Este plan encausa su labor a través de dos programas: Programa de Prevención de Violencia Contra las Mujeres y Programa de Atención, Protección y Reparación en Violencia Contra las Mujeres. Ambos programas se realizan con colaboración de entidades públicas (municipalidades, gobernaciones e intendencias) y privadas (organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro) (U.de Chile, 2017).
Las estrategias programáticas actúan para contribuir a la disminución del problema detectado, conformando un Modelo de Abordaje de la Violencia Contra la Mujer en el país, siendo uno de los principales focos, instalar en el discurso público que la violencia contra las mujeres se encuentra naturalizada en la sociedad chilena, que ésta se produce en el espacio público y privado, con diversas manifestaciones, que afectan a diferentes mujeres sin distinción.

Este Modelo de Abordaje tiene un carácter integral ya que entrega una respuesta multidireccional a las necesidades y las diversas realidades de las mujeres, articulando acciones para propiciar cambios en la calidad de vida de las mujeres.
2.1 PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
El Programa de Prevención de VCM, se enfoca en la prevención primaria, destacando la importancia del trabajo preventivo; la intervención se realiza antes que la violencia ocurra, tratando de evitar su acontecimiento. Su objetivo es erradicar la naturalización de las violencias contra las mujeres. Está dirigido tanto a mujeres como hombres jóvenes, entre 14 y 29 años, y a personas que trabajan o se vinculan con los adolescentes y jóvenes; la intervención en este grupo etario, se considera más efectiva en materia de prevención, cuestionando los estereotipos de género, las desigualdades, las normas sociales profundamente arraigadas que perpetuán el poder, control y la violencia hacia las mujeres, promoviendo las relaciones igualitarias, que permita avanzar hacia una vida libre de violencia y respeto a los derechos humanos de las mujeres4 (SernamEG, 2018).

LÍNEAS DE ACCIÓN DEL PROGRAMA
El Programa de Prevención en VCM se operativiza a través de cuatros líneas de acción, que dan cuenta de su naturaleza, público destinatario y objetivos.
Las líneas de acción en VCM con Adolescentes y Jóvenes, son los siguientes:
1. Línea de Acción de Difusión: permite un primer acercamiento de la población, a través de acciones preventivas coordinadas intersectorialmente, para la participación masiva de jóvenes y personas adultas, actividades en espacios públicos y medios de comunicación local, entre otros.
2. Línea de Acción de Sensibilización: concientizar y visibilizar la problemática de la VCM preferentemente en adolescentes y jóvenes. Acciones que impliquen un proceso de comunicación activo y creativo, respecto del abordaje de los estereotipos socioculturales de género, buscando cambios a nivel actitudinal y de transformación sociocultural.
3. Línea de Acción de Capacitación: contempla un modelo de intervención socioeducativo, usando metodologías participativas, puedan reflexionar, cuestionar y tomar conciencia de las diferentes manifestaciones de VCM, ejerciendo un rol activo en el cambio cultural que este problema requiere. Ello contempla el curso de formación de Monitoras/es en Prevención de VCM en adolescentes y jóvenes.
4. Línea de Acción de Coordinación Intersectorial: tiene por objetivo coordinar y/participar en Mesas o Redes de Trabajo en VCM, en pos de su transversalización en el quehacer de las instituciones y generar acciones preventivas en el territorio.

2.2 PROGRAMA DE ATENCIÓN, PROTECCIÓN Y REPARACIÓN EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
El Programa de Programa de Atención, Protección y Reparación en VCM, funciona través de una amplia red de dispositivos que configura la respuesta estatal al problema de la violencia hacia la mujer. En la primera etapa, se realiza una acogida inmediata y busca entregar servicios oportunos frente a la pérdida de autonomía a causa de la violencia vivida, la correspondiente denuncia de derechos vulnerados y el establecimiento de redes de apoyo. Luego se realiza una evaluación de riesgo, si éste es de carácter grave, se adoptan acciones de protección, a través de la provisión de medidas inmediatas, planes de emergencia y una acción jurídica eficaz. Por último, se implementa de manera progresiva acciones de reparación, a través de la oferta psicológica, jurídica, educativa y social, que tienden a la recuperación de la autonomía física y al fomento de las autonomías económica y social.
La ejecución de este Programa, despliega un entramado de dispositivos a nivel nacional, a través de: Centros de la Mujer (CDM), Casas de Acogida (CDA), Centros de Hombres que Ejercen Violencia de Pareja (HEVPA), Centros de Atención y Reparación para Mujeres Víctimas/Sobrevivientes de Violencia Sexual (CVS), Casa de Acogida para Mujeres Vulneradas por la Trata de Personas y Migrantes en Situación de Explotación (Casa de Trata), y el Servicio de Atención Telefónica y Telemática (Fono VCM 800).


2.3 CENTROS DE LA MUJER
Los Centros de la Mujer (CDM), se encargan de la prevención de la VCM en el ámbito local, a través de acciones de atención, protección y seguimiento; generando redes entre las instituciones del territorio de manera oportuna, con el objetivo a contribuir a la disminución de los niveles de violencia, de acuerdo a los lineamientos entregados por SernamEG. Actualmente, existen 103 CDM distribuidos en las 15 regiones del país.
Con la incorporación de otras formas de violencia contra la mujer, el dispositivo CDM, ha ampliado y diversificado sus prestaciones, capacitando a sus equipos para la entrega de información y orientación en todas las violencias de género, quedando la atención psicosociojurídica focalizada en la violencia de pareja.
Los dispositivos CDM cuentan con las siguientes prestaciones:
• Orientación e información: las mujeres en su diversidad que viven o han vivido violencia en el espacio público y/o privado, en distintos contextos y manifestaciones; tienen derecho a ser atendidas por profesionales del equipo, brindando la contención necesaria en la primera acogida, con el fin de generar una derivación a la red institucional y/o interinstitucional pertinente a cada caso, y realizar el seguimiento respectivo. En el caso de corresponder a VCM en contexto de pareja, se debe realizar el ingreso al CDM.
• Ingreso, atención y protección: la diversidad de mujeres que han vivido o se encuentran viviendo en una situación de violencia, por parte de su pareja o ex pareja, tienen derecho a ingresar a un CDM y recibir atención, implementándose un plan de intervención psico-socio-educativo y jurídico, y que en cada caso, según la evaluación de riesgo, activar la red de protección para detener la violencia.
• Seguimientos: se deberá realizar por parte del equipo un seguimiento de los casos, tanto en la fase de orientación e información, como en la salida del CDM, ello a través de diversas acciones, tales como: visitas domiciliarias, contactos telefónicos, entrevistas a la mujer y sus redes de apoyo, según corresponda al tipo de salida y nivel de gravedad de la violencia, con especial énfasis, en los casos de mujeres en alto riesgo ( se debe realizar en forma presencial), con el fin de verificar al estado actual de la mujer.


2.4 Población Objetivo
Las mujeres mayores de 18 años que viven, estudien y/o trabajen en las comunas donde existe cobertura del dispositivo y que han vivido/viven violencia de género. Para dicha población existen criterios de ingreso, tanto para la orientación e Información como para la intervención psico-socio-educativa y jurídica.